En general, hay 15 leyes estatales y una federal que prohíbe de alguna manera drogar a los niños con fármacos psiquiátricos. A continuación usted puede ver la lista completa de las leyes. Para ver el articulo completo, haga clic en el nombre de la ley.
(A) En General
La Agencia de Educación del Estado prohibirá que el personal de la agencia de educación estatal y local requiera que un niño obtenga una receta para una sustancia cubierta por la Ley de Sustancias Controladas como condición para asistir a la escuela, recibir una evaluación bajo la subsección (a) o (c) de la sección 1414 de este título, o recibir servicios bajo este capítulo.
(B) Norma de Interpretación
Nada en el subpárrafo (A) se interpretará para crear una prohibición federal contra los maestros y otro personal escolar que consulten o compartan observaciones basadas en el aula con los padres o tutores con respecto al rendimiento académico y funcional de un estudiante, o el comportamiento en el aula o escuela, o con respecto a la necesidad de una evaluación para educación especial o servicios relacionados según el párrafo (3).
Dice que "Si el padre, guardián o tutor se niega a dar al niño una droga psiquiátrica o cuestiona el uso de una droga psiquiátrica no es razón suficiente para que se le considere como abusado, descuidado o dependiente".
Prohíbe que el personal escolar recomiende o requiera el uso de una droga psicotrópica para cualquier estudiante. El personal de la escuela no deberá evaluar ni exigir una prueba de comportamiento del niño sin el permiso previo por escrito de los padres o tutores del niño y la divulgación previa por escrito en cuanto a la disposición de los resultados o la prueba de los mismos. A través de dicha política, el personal de la escuela se deberá ver alentado a discutir las preocupaciones sobre el comportamiento de un niño con el padre o tutor legal de dicho niño y dichas discusiones pueden incluir una sugerencia del personal escolar de que el padre o tutor legal hable con un profesional de salud apropiado.
Prohíbe a cualquier personal escolar recomendar el uso de drogas psicotrópicas para cualquier niño. Además, el rehusar de un padre u otra persona que tenga el control de un niño a administrar o consentir la administración de cualquier droga psicotrópica a dicho niño no constituirá, en sí misma, motivo para que el Departamento de Niños y Familias tome a dicho niño bajo custodia o para que cualquier tribunal de jurisdicción competente ordene que dicho niño sea puesto bajo custodia del departamento, a menos que tal rechazo haga que se descuide o maltrate a dicho niño.
Una escuela pública no puede negar el acceso de ningún estudiante a programas o servicios porque el padre del estudiante se ha negado a administrarle fármacos psicotrópicos. Un padre también puede rechazar la evaluación psicológica de un estudiante.
Establece que cualquier beneficiario de fondos estatales no requerirá que se le recete o administre a un estudiante ninguna droga psicotrópica como condición para que dicho estudiante reciba servicios educativos o escolares. También establece que antes de que un estudiante sea evaluado con el propósito de clasificarlo o colocarlo en cualquier trastorno que aparece en el DSM, se notificará a los padres que: (a) Los comportamientos por los cuales se le hizo la evaluación podrían ser el resultado de condiciones físicas subyacentes. (b) Los padres deben considerar consultar a un médico para descartar causas físicas. (c) El padre tiene derecho a rechazar la evaluación. (d) La evaluación y posterior clasificación o colocación pueden documentarse en el expediente permanente del estudiante.
Prohíbe cualquier acción disciplinaria que esté basada, total o parcialmente, en el rehusarse de los padres o tutores a administrar o consentir la administración de drogas psicotrópicas o estimulantes al estudiante.
Un padre, después de consultar con otros profesionales en el área de la salud, la educación u otros proveedores profesionales, puede estar de acuerdo o en desacuerdo en proporcionarle al niño fármacos estimulantes (como Ritalin, Vyvanse, Cylert). La negativa de un padre a proporcionar al niño dichos fármacos no constituye negligencia educativa.
Esta ley establece que la negativa de un padre a administrar un fármaco psicotrópico a su hijo no deberá, por sí mismo, proporcionar motivos para que el estado ponga al niño bajo custodia protectora.
Impide que el Servicios de Protección Infantil (CPS, por sus siglas en inglés) les quiten a los padres a sus niños si se niegan a darles fármacos. Tampoco puede penalizar a un padre e impedir que un niño asista a la escuela si el padre se niega a drogarlo. Además, exige el consentimiento informado por escrito del padre para le hagan al niño una evaluación de salud mental en la escuela.
Un administrador, maestro, consejero o enfermera de escuela pública de kinder hasta preparatoria no puede recomendar a un padre o tutor legal que el estudiante consiga una receta para un fármaco prescrito con la intención de afectar o alterar los procesos de pensamiento, el estado de ánimo o comportamiento del alumno.
La evaluación solo se permite si un padre o tutor legal ha dado su consentimiento y, si se otorga, se puede retractar en cualquier momento. Además, una agencia local de educación no puede utilizar la negativa de los padres a dar su consentimiento para la administración de un fármaco psicotrópico a un estudiante o para un examen de salud mental, evaluación, prueba o examen de un niño o estudiante como motivos para prohibir que el niño asista a clases o participe en una actividad relacionada con la escuela o como base para denunciar o acusar de abuso o negligencia infantil y/o negligencia educativa o médica.
Un empleado del distrito escolar no puede recomendar que un estudiante use una droga psicotrópica, o sugerir cualquier diagnóstico particular, o usar la negativa de un padre a aceptar la administración de un fármaco psicotrópico o la evaluación psiquiátrica de un estudiante como motivo para prohibir que el niño asista a una clase o participe en una actividad relacionada con la escuela.
La ley de Texas prohíbe a los empleados de la escuela amenazar con denunciar a un padre de negligencia únicamente porque se niegan a administrar fármacos psiquiátricos a su hijo (a menos que el empleado tenga "motivos para creer que el negarse haya resultado en un deterioro observable y material para el crecimiento, desarrollo o funcionamiento del niño ".) También exige que se obtenga el consentimiento de los padres antes de administrar cualquier evaluación psicológica del niño.
La ley modifica la definición de abuso infantil comprobado para excluir la falla de administración de fármacos recetados o del tratamiento si el padre o tutor legal no ha sido notificado de la opción de obtener un examen físico del menor por parte de un profesional de la salud.
El Consejo Educativo deberá desarrollar e implementar políticas que prohíban al personal escolar recomendar el uso de drogas psicotrópicas para cualquier estudiante.